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Nuevo crédito para pymes y autónomos de la Región de Murcia

martes, 28 abril 2020 por Espadas y Vivancos

Pymes y autónomos con domicilio social en la Región de Murcia pueden acogerse hasta el día 31 de diciembre de 2020 a la Línea CROEM para liquidez que se tramita por Avalam bajo la denominación Préstamo Circulante COVID 19 Salvamento Financiero.

Las condiciones de esta línea de crédito son las siguientes:

  • Importe del capital prestado: entre 30.000 y 250.000 €
  • Tipo de interés: fijo del 1,25% subvencionable por el INFO
  • Plazo de amortización: de 3 a 5 años
  • Carencia del principal: 1 año
  • Comisión de apertura: 0,25%
  • Sin comisiones de cancelación
  • Garantía: aval de Avalam (Sociedad de Garantía Recíproca) con las condiciones siguientes:
    • Comisión: 0,75% sobre el capital pendiente de amortización subvencionable por el INFO
    • Comisión de estudio: 0,25%
    • Sin comisiones de cancelación
    • Obligación de suscribir un 2% de participaciones sociales de Avalam (el valor de cada participación es de 300,51 € ) reembolsables al momento de la amortización total del crédito
    • Excluidos Pymes y autónomos que se dediquen al sector inmobiliario
  • Estar al corriente de pagos con las Administraciones Públicas
  • No estar la empresa incursa en causa de disolución o concurso de acreedores
  • La empresa debe ser viable y mantener asimismo los puestos de trabajo

Más información en comercial@avalam.es y en el teléfono 968 355320.

AutónomosAvalamCOVID 19CréditosEstado de alarmaLínea CROEMPymesRegión de Murcia
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¿Qué prestaciones tienen los autónomos por el estado de alarma?

martes, 24 marzo 2020 por Espadas y Vivancos

Aquellos trabajadores autónomos, cuyas actividades queden suspendidas por la declaración del Estado de Alarma, o cuando su facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida en un 75% en relación con el semestre anterior, tendrán derecho a la prestación extraordinaria por cese de actividad hasta el último día del mes en que finalice el Estado de Alarma.

La cuantía se determinará aplicando el 70 % a la base reguladora, o con el 70% de la base mínima cuando no se pueda acreditar el período mínimo de cotización para tener derecho a la prestación.

AutónomosAyudas económicasEstado de alarmaPrestaciones
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