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Nuevas herramientas para combatir la ocupación ilegal en Murcia

jueves, 12 noviembre 2020 por Espadas y Vivancos

La ocupación ilegal es un problema al alza en la Región de Murcia. Solo en el primer semestre de 2020, el número de viviendas okupadas se incrementó en un 20% con respecto al mismo periodo del año pasado.

El ordenamiento jurídico español ofrece respuesta frente a la ocupación ilegal a través de los órganos jurisdiccionales de los ámbitos Civil y Penal. Desde el punto de vista del derecho penal, hay que diferenciar entre el delito de allanamiento de morada y el delito de usurpación de vivienda. El delito de allanamiento se produce igualmente cuando se trata de la residencia habitual o una segunda residencia, y establece las penas más graves. El principal requisito es que se trate de una vivienda habitable, es decir, suficientemente acondicionada para ser habitada, y ello aunque no esté siendo habitada en el preciso momento de comisión del delito de allanamiento. Por otro lado, el delito de usurpación se produce cuando se trata de viviendas abandonadas, vacías o en construcción, careciendo de las características usuales de habitabilidad.

Una vez iniciado un procedimiento penal, el titular de la vivienda podrá solicitar al órgano judicial medidas cautelares para desalojar la vivienda mientras dure el proceso. Para solicitar esta medida, hay que cumplir dos requisitos. El primero es aportar un documento que certifique que quien solicita la medida de desalojo es propietario de la vivienda. El segundo es demostrar el daño que puede causar a la víctima una demora en la terminación del proceso judicial.

Paralelamente, desde el punto de vista del derecho administrativo, le informamos de que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ha habilitado el email alertaokupa@carm.es para denunciar ante la administración casos que puedan constituir una ocupación ilegal, aportando la dirección de la vivienda para facilitar su identificación. Esta vía garantiza la confidencialidad del denunciante, sirviendo como canal de denuncias anónimo para informar de estas situaciones a las autoridades.

Si necesita más información, o requiere de ayuda para iniciar un procedimiento y solicitar medidas cautelares, no dude en ponerse en contacto con nuestro equipo.

Allanamiento de MoradaMurciaOcupación IlegalOkupas
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Los tipos de régimen económico para el matrimonio

martes, 10 noviembre 2020 por Espadas y Vivancos

Uno de los factores más importantes en un proceso de divorcio es el régimen económico. Este modelo, que debe elegirse al formalizar el matrimonio, es lo que define la propiedad de los bienes de cada uno de los cónyuges. La legislación española contempla tres posibilidades; la separación de bienes, los bienes gananciales y el régimen de participación.

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bienes ganacialesDivorciosmatrimoniorégimen de participaciónRégimen económicoseparación de bienes
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Se amplia el plazo de prescripción de deudas hasta diciembre

jueves, 01 octubre 2020 por Espadas y Vivancos

Debido a la situación extraordinaria provocada por la Covid-19, aquellas deudas que iban a prescribir el próximo 7 de octubre de 2020 amplían plazo hasta el 28 de diciembre de 2020.

Las deudas afectadas son aquellas contraídas antes del 15 de octubre de 2015, es decir, aquellas con cinco años de antigüedad. Quedarán fuera de esta norma aquellas deudas que, por su naturaleza, dispongan de más plazo.

Para evitar la prescripción de la deuda, es necesario remitir al deudor una reclamación extrajudicial, lo que interrumpirá automáticamente el plazo. Si tiene alguna duda, o desea comprobar la naturaleza de sus créditos o deudas no dude en ponerse en contacto con nosotros.

COVID-19CréditosDeudasprescripción
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