
A causa de la situación económica y social derivada por el CORONAVID-19, se han puesto en marcha medidas para garantizar la protección de personas vulnerables
La primera de ellas es que todos los procesos de lanzamiento o desahucios quedan suspendidos mientras dure el estado de alarma. Además, tanto arrendador como arrendatario pueden llegar a un acuerdo y prorrogar el contrato de alquiler hasta 6 meses más una vez concluya el estado de alarma.
Grandes tenedores, empresas y entidades públicas de vivienda, que no hayan tomado ya medidas, deben obligatoriamente aplicar una moratoria de hasta 4 meses, sin penalizaciones ni intereses.
Para pequeños propietarios, en caso de que no existiera ya un acuerdo entre las partes, el arrendador puede reducir un 50% la cuota del alquiler mientras perdure la situación de alarma. En los meses siguientes, hasta un máximo de 4. También será posible aplicar la moratoria prevista de hasta 4 meses, sin penalizaciones ni intereses.
Si se llega al 2 de mayo sin acuerdo, el propietario tiene 7 días para aceptar una petición o plantear una nueva alternativa. Sin ninguna de estas opciones funciona, el arrendatario podrá acogerse a un programa de ayuda transitoria de financiación.
Requisitos para solicitar la moratoria y otras ayudas
- Estar en situación de desempleo, haber sufrido un ERTE, haber solicitado una reducción de jornada por cuidados o ser empresario con una pérdida sustancial de ingresos.
- El conjunto de la familia no alcanzó 3 veces el IPREM el mes anterior. Si en el núcleo familiar se tienen mayores de 65 años, discapacitados de grado superior al 33% o 65%, o familiares con enfermedades graves, se suben a 5 las veces que se debió alcanzar el IPRME.
- La renta y el salario base deben superar el 35% de los ingresos netos.
Por último, se han anunciado un paquete de medidas adicionales para hacer frente a la situación.
- La creación de una línea de avales estatales para financiar arrendatarios en situación de vulnerabilidad. El ministerio de transportes, movilidad y agenda urbana, mediante acuerdo con el ICO, desarrollará una línea de avales, con plazo de devolución hasta seis años para el pago de arrendamientos.
- Ayudas para minimizar el impacto del COVID 19 en los alquileres de vivienda habitual.
- La sustitución del programa anterior y la creación de uno especial que engloba víctimas de violencia, personas objeto de desahucio, personas sin hogar y otras especialmente vulnerables.
- La modificación del programa de fomento del parque de vivienda de alquiler, que incorpora ayudas a la compra con objeto de aumentar el parque público de viviendas de alquiler.
- Los fondos destinados a las CCAA que correspondan a este año se enviarán aunque no se hayan cumplido las formalidades burocráticas. También se exime a las CCAA de cofinanciar las ayudas.