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¿Qué prestaciones tienen los autónomos por el estado de alarma?

por Espadas y Vivancos / martes, 24 marzo 2020 / Publicado en Estado de Alarma

Aquellos trabajadores autónomos, cuyas actividades queden suspendidas por la declaración del Estado de Alarma, o cuando su facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida en un 75% en relación con el semestre anterior, tendrán derecho a la prestación extraordinaria por cese de actividad hasta el último día del mes en que finalice el Estado de Alarma.

La cuantía se determinará aplicando el 70 % a la base reguladora, o con el 70% de la base mínima cuando no se pueda acreditar el período mínimo de cotización para tener derecho a la prestación.

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Etiquetado bajo: Autónomos, Ayudas económicas, Estado de alarma, Prestaciones

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